Condiciones 2010
Condiciones de Alquiler de Barco 2011
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Condiciones de Alquiler de Barco 2010
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Preámbulo
En las presentes condiciones generales, se entiende por:
– “la Compañía” la sociedad de alquiler con la cual fue establecido el contrato, es decir la sociedad con la
cual el barco fue reservado.
Si se trata de un barco Crown Blue Line, “la Compañía” es CROWN BLUE LINE, sociedad anónima con un capital de 856 000 € inscrita en el Registro Mercantil y de Sociedades de Carcassonne bajo el número 310 784 434.
Si se trata de un barco Connoisseur o Emerald Star, “la Compañía” es CONNOISSEUR, sociedad anónima con un capital de 2 896 539 € inscrita en el Registro Mercantil y de Sociedades de Narbonne bajo el número 356 495 611.
– Las compañías Connoisseur, Emerald Star y Crown Blue Line están reunidas bajo el nombre comercial LE BOAT.
– “el Arrendatario”: la persona quien fi rma el contrato de arrendamiento;
– “el Jefe de a bordo”: la persona que toma posesión del barco y a quien se entregan los documentos de
navegación de recreo después de una formación el día de salida;
– “el barco”: el barco que ha reservado el Arrendatario, o que se pone a disposición del Arrendatario o del
Jefe de a bordo;
– “Plan de Anulación”: las disposiciones contractuales relativas a la organización contractual de la anulación
de su reservación por el Arrendatario, tal como prevé el artículo 5 de estas condiciones generales;
– “Embarque”: la toma de posesión del barco por el Arrendatario o el Jefe de a bordo;
– “Desembarque”: la restitución del barco por el Arrendatario o el Jefe de a bordo a la Compañía;
– “Fuerza mayor”: los eventos que define el artículo 18 de estas condiciones generales.
Interpretación
El conjunto de este contrato, incluyendo el preámbulo, constituye las condiciones generales de arrendamiento.
La nulidad de una cláusula de las condiciones generales no ocasiona la nulidad del conjunto de ellas.
La cláusula declarada nula deberá de ser reemplazada por las disposiciones que más se acerquen a las
disposiciones anuladas, habida cuenta de la economía general del contrato, tal como lo expresan las partes.
1. Reservación
Un barco será reservado y el contrato de arrendamiento entrará en vigor únicamente:
a) Cuando la Compañía reciba el contrato de arrendamiento cumplimentado, firmado y acompañado por el
anticipo correspondiente, y
b) Cuando la Compañía emita una confi rmación de reservación: ésta se compromete a enviar una factura
que confi rma la reservación en un plazo de 10 días tras recibir el anticipo y el contrato de arrendamiento
debidamente cumplimentado y fi rmado.
c) Las opciones (reservaciones provisorias) se conservarán siete días y serán anuladas automáticamente de
no recibir la Compañía el contrato de arrendamiento y el anticipo del 35%.
d) De realizarse una reservación menos de seis semanas antes de la salida, el Arrendatario deberá pagar la
totalidad de la suma para que la Compañía tome en cuenta su reservación.
2. Saldo de la reservación
El Saldo del arrendamiento debe ser pagado a la Compañía o a sus Agentes, 6 semanas antes de la salida. De no recibir la Compañía el pago a tiempo, ésta se reserva el derecho de anular la reservación sin reembolsar el anticipo. Los pagos efectuados a Agentes serán retenidos por éstos por cuenta del Arrendatario, hasta que la Compañía envíe una confi rmación de reservación.
3. Tarifas
Las tarifas indicadas en el folleto están calculadas según tasas de cambio, impuestos y cánones en vigor en julio 2009. De ocurrir una variación importante de estos parámetros, la Compañía se reserva el derecho de revisar sus tarifas.
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4. Anulación y modificación
a) Por el Arrendatario:Para anular o modificar una reservación, el Arrendatario deberá informar a la Compañía mediante una carta recomendada con acuse de recibo, un fax o un correo electrónico. Los plazos previstos en el cuadro abajo están calculados a partir de la recepción por la Compañía del escrito que prevé esta cláusula. La anulación o la modificación se tomarán en cuenta en el momento de la recepción del escrito.
Condiciones de Anulación y de Modificación
b) Por la CompañíaSi por circunstancias ajenas a su voluntad, la Compañía no puede poner a disposición del Arrendatario el
barco que ha reservado, o un barco de capacidad y estándares similares o superiores a aquel reservado
-para todo el período de arrendamiento que quede por cubrir, o parte de éste, la suma que ha pagado el
Arrendatario podrá considerarse como adelanto para un viaje posterior, a acordar entre las dos partes,
correspondiente a los días de privación de goce, sin que pueda pretender al pago por daños y perjuicios.
Por circunstancias ajenas a su voluntad se entiende en particular: crecidas, reparaciones inopinadas de
esclusas, cierre o reparación imprevistos de vías navegables, motines, huelgas, catástrofes naturales (véase
Cláusula 18 Fuerza Mayor). La Compañía advertirá al Arrendatario en el más breve plazo sobre esta anulación o modificación, desde que tenga conocimiento de ella. En todo caso, se recomienda al Arrendatario contactar a la Compañía o directamente a su base de salida, 48 horas antes del embarque, para que le confirmen el trayecto.
Anulación o modificación
| Más de 43 días antes de la salida | Menos de 42 días antes de la salida |
Anulación del crucero
| 35% del precio del crucero ( entrega no reembolsada ) | 100% del precio del crucero ( no hay reembolso ) |
Modificación de barco o de región/ pais, o de fechas, o de base de salida o de llegada
| Gastos de 50 € (diferencia de tarifa a pagar obligatoriamente) | Equivale a una anulación (sin reporte de las sumas pagadas )** |
*Nota : por todo cambio de crucero de ida y vuelta en crucero de solo ida, el suplemento solo ida ( entre 75€ y 150€ ) debe ser pagado. Los cambios de región o de base son posibles según las disponibilidades y no justifi can la anulación del crucero
** Todo cambio de barco, de región/ país, fechas de crucero o de base de salida o de llegada, a menos de 42 días de la fecha de salida esta considerado como anulación del crucero. Sin embargo, cambios menores podrán ser aceptados con gastos de 50 € y reporte de las sumas pagadas. Ningún reembolso será echo. La compañia es la sola que tiene el poder decisorio.5. Seguro de anulación
El seguro de Anulación se debe suscribir al realizar la reserva. Es valido para la anulación antes de la fecha de salida. De fi rmar el Arrendatario un seguro de Anulación (el 4.5% del importe del alquiler, véase “anticipo a pagar”), se aplicarán las siguientes condiciones:
– De recibir la Compañía la anulación más de seis semanas antes de la fecha de salida, ésta reembolsará
al Arrendatario la suma pagada por el arrendamiento (salvo el importe por la suscripción al seguro de
Anulación), y no se le reclamará ninguna suma restante adeudada.
– De recibir la Compañía la anulación menos de seis semanas antes de la fecha de salida, y si esta anulación
se justifi cará por las circunstancias siguientes, el Arrendatario adeudará únicamente 90 €, y se le
reembolsará cualquier otra suma (salvo el importe por la suscripción al seguro de Anulación).
– El seguro de Anulación será válido en las siguientes condiciones: accidente, enfermedad, fallecimiento,
designación como jurado, despido o embarazo de uno de los miembros de la tripulación cuyo nombre
haya sido escrito en el formulario de arrendamiento en el momento de la reserva; accidente, enfermedad o
fallecimiento de un pariente cercano (padre, madre, cónyuge, hermano o hijo), que ocurra antes de la fecha
de salida; huelgas, motines o guerra civil, que impidan al Arrendatario:
a) tomar posesión de su barco;
b) efectuar todo su crucero, en cuyo caso se reembolsará al Arrendatario un importe proporcional al número de días anulados. La Compañía podrá pedir al Arrendatario los justifi cativos que considere necesarios, correspondientes a los eventos que menciona este artículo. De no entregarlos, se aplicarán las disposiciones del artículo 4. Benefi ciarán del seguro de Anulación únicamente los miembros que fi guren en la lista de tripulación, adjunta a estas condiciones. No se reembolsará el importe pagado por la suscripción al seguro de Anulación (el 4.5% del precio de arrendamiento).
6. Embarque / Desembarque, Trayectos
Hora normal de embarque: entre 04h00 y 06h00 de la tarde.
Hora normal de desembarque: a las 9 por la mañana.
Con un suplemento y según las disponibilidades puede pedir un embarque prioritario ( entre 12h y 14h ) y una devolución tardia ( 12h)
La Compañía se reserva el derecho -por razones operacionales ajenas a su voluntad (como crecidas,
reparación inopinada de esclusa, cierre o reparación imprevistos de vías navegables (véase cláusula 18
Fuerza Mayor)- de cambiar de lugar de embarque o desembarque, invertir el sentido de los cruceros de Ida sólo, cambiar el viaje de sólo ida en ida y vuelta, o viceversa, poner a disposición un barco de capacidad y
estándares similares o superiores. Si estos mismos eventos hacen imposible el crucero, las sumas pagadas
podrán considerarse como adelanto para un viaje posterior, que acordarán las partes. Estas modifi caciones
nunca podrán ser causa de una anulación y no ocasionarán ningún incremento del precio del alquiler del
barco a cargo del Arrendatario. Además, la Compañía reembolsará cualquier suplemento pagado por un viaje de sólo ida convertido en ida y vuelta.
7. Anticipo sobre gastos
Antes de la salida, el Arrendatario o el Jefe de a bordo, deberá pagar un anticipo sobre gastos 150€ para una semana y 100€ para un mini crucero a pagar en la base.
El importe de este anticipo incluye los siguientes elementos:
– Garantía Gasóleo (véase “Consumo de gasóleo’’)
– Gastos de limpieza (véase “Regreso de Crucero’’)
– Gastos en caso de encallar – A pagar si el barco encalla y si el Arrendatario o el Jefe de a bordo necesitan asistencia (Irlanda únicamente)
– Bicicleta(s) perdida(s) o dañada(s)
8. Consumo de gasóleo
En Francia, Holanda, Italia, Bélgica y Alemania, el Arrendatario o el Jefe de a bordo, paga el número de horas en que ha funcionado el motor. Antes de la salida, el Arrendatario o el Jefe de a bordo, será informado sobre el importe del coste fi jo horario, anotándose el horómetro adeudado. En Irlanda, Inglaterra y Escocia, el Arrendatario o el Jefe de a bordo paga su consumo de gasóleo por litro. El precio del gasóleo por litro será confirmado el día de salida. El barco será repostado a tope cuando el Jefe de a bordo tome posesión del mismo.
9. Garantía o rescate de franquicia
Antes del embarque, el Arrendatario o el Jefe de a bordo deberá entregar a la Compañía una suma de
dinero a fi n de prevenir los daños del barco, la pérdida, el robo o el daño de los equipos. Para ello,
el Arrendatario o el Jefe de a bordo elegirá entre una de las fórmulas siguientes: Fórmula 1: Fianza
reembolsable; Fórmula 2: Rescate de franquicia no Reembolsable.
Fórmula 1:Fianza reembolsable: al llegar, el Arrendatario o el Jefe de a bordo pagará una fi anza reembolsable (de
1000 a 1500 € según el modelo de barco ). La Compañía podrá retener esta suma parcial o totalmente si el
barco es devuelto sucio o dañado, si no lo devuelve el Arrendatario o el Jefe de a bordo en el estado en el
que fue entregado según el inventario de salida, o si ha causado daño a terceros, dado que la Compañía
está comprometida como propietaria del barco. La Compañía podrá reclamar al Arrendatario o al Jefe de a
bordo el pago de todos los gastos incurridos, incluso por encima del importe de la garantía, de haber sido
dañado o descuidado el barco voluntariamente.
Fórmula 2:Seguro no reembolsable: el Arrendatario o el Jefe de a bordo puede pagar una suma fi ja de 79 a 195 € al
llegar a la base o al hacer la reservación. Con esta fórmula, el Arrendatario está totalmente cubierto si el
barco es dañado, el equipo perdido, robado o dañado, o si se ha causado daño a terceros. Las bicicletas
sillas mesas, botes de pesca y motores fuera de bordo se encuentran bajo su responsabilidad y no son
cubiertos por el seguro. Estos equipos le serán cobrados en caso de perdida, daños o robo. No aseguramos daños provocados intencionalmente o en caso de grave negligencia suya.
10. Seguro
La Compañía se encargará del seguro que cubre los daños accidentales que sufra(n) el barco o terceros
debidos a éste. La póliza de seguro no cubre la rotura del material, un mantenimiento defi ciente del barco
ni la pérdida o daños que sufran los bienes personales del Arrendatario, del Jefe de a bordo o de las
personas embarcadas. La póliza de seguro no garantiza los accidentes de los que puedan ser víctimas las
personas embarcadas, y de forma limitativa, su responsabilidad civil. Llegado el caso, el Arrendatario será
informado que le corresponde suscribir un complemento de seguro para cubrir los daños personales o la
garantía de responsabilidad civil referente a todas las personas que se encuentren a bordo.
11. Capacidad de los arrendatarios
El Arrendatario y el Jefe de a bordo deberán ser mayores de edad ( en Irlanda se considerá mayor de
edad a 21 años ) para naveguar se necesita mínimo 2 adultos (o un adulto y un niño de más de 16
años). Si el Arrendatario no es el Jefe de a bordo, se comprometerá a transmitir a este último todos los
documentos e informaciones que la Compañía le haya proporcionado previamente. Se entregará al Jefe
de a bordo un documento de navegación de recreo tras una formación dispensada el día de salida, que
le permita adquirir los conocimientos necesarios para practicar la navegación y que le autorice a asumir
la responsabilidad de un barco alquilado. El Jefe de a bordo es responsable de sus actos y de aquellos
de su tripulación. Debe en particular ajustarse a la reglamentación fl uvial en vigor, a las instrucciones
que dispensen las autoridades fl uviales, a la obligación previa de formación y a todas las normas
que impongan la prudencia y la seguridad. Cualquier persona que tenga que encargarse del mando
del barco debe contar con un documento de navegación de recreo. De incumplir el Jefe de a bordo las
normas legales y reglamentarias, o las normas de prudencia y de seguridad, en particular desarrollando
un comportamiento que conlleve riesgos para la seguridad de las personas o de los bienes, como por
ejemplo, demostrando una incapacidad manifi esta, o estando bajo la infl uencia de productos alcohólicos
o estupefacientes u otras substancias que alteren la conciencia o la capacidad de reaccionar, la Compañía
se reserva el derecho de negarse a entregar el barco, retomar posesión de éste o interrumpir el crucero sin
previo aviso. En dichas circunstancias, la responsabilidad de la Compañía no podrá verse comprometida
ni podrá ser considerada responsable por todos los gastos adicionales que haya generado la conducta del
Jefe de a bordo.
12. Gastos, multas y persecuciones
El jefe de bordo contestará sólo, a las autoridades cuales sean, persecuciones, multas y confi scaciones. En
caso de embargo del barco alquilado, sin confi scación, el arrendatario tendra que pagar a la compañía una
indemnidad contractual de immovilisación correspondiente al precio de alquiler del barco más un 30%
13. Descripción de los barcos
Los planos, especifi caciones e ilustraciones de los barcos en el folleto han sido diseñados como indicación.
En efecto, algunos barcos de una misma serie pueden presentar diferencias menores, como la orientación
de las camas, el posicionamiento de los frigorífi cos, de las duchas o los WC. Sin embargo, estas diferencias no alteran en nada las características del barco ni la calidad de la prestación.
14. Límites de navegación
Los barcos podrán navegar únicamente dentro de los límites que indica la documentación que entregue
la Compañía al Arrendatario o al Jefe de a bordo en su base de salida. El Jefe de a bordo y el Arrendatario
deben respetar la reglamentación fl uvial en vigor, las instrucciones dispensadas por las autoridades
fl uviales, la prohibición de prestar o de subarrendar el barco, de embarcar a más personas que el número
autorizado, y observar todas las normas de prudencia y seguridad. La Compañía se reserva el derecho a
limitar los sectores de navegación si las condiciones de navegación son inciertas o inhabituales. Recibirá
antes de la salida la documentación detallada de su región de crucero.
15. Impracticabilidad de la via navegable / restricción de navegación
La Compañía no se hace responsable ni realiza reembolso alguno en caso de interrumpirse el crucero o de
limitarse el trayecto previsto por el Arrendatario o el Jefe de a bordo, debido al cierre de vías navegables,
reparaciones, inundaciones, sequía o cualquier otra causa ajena al control de la Compañía. En estas
condiciones, la compañía puede cambiar las fechas y lugar de inicio y fi nal del crucero abordo de un barco
de misma capacidad o de capacidad superior. Si estas mismas condiciones hacen el crucero imposible,
los pagos recibidos serán concervados para un próximo crucero en acuerdo entre el arrendatario y la
compañía. La compañía no hará ningún reembolso de los pagos recibidos. El suplemento sólo ida puede
ser reembolsado.
16. Accidentes, incidentes y perdida de material
El Jefe de a bordo se compromete a señalar inmediatamente a la Compañía cualquier accidente que le
ocurra a él o al barco. Se compromete a cumplimentar la Declaración de Accidente que incluye el Libro de
a Bordo, y pedir a las terceras personas concernidas de cumplimentar y fi rmar esta declaración. El Jefe de
a bordo no hará reparar los daños eventuales que sufra su barco ni las averías sin la autorización de la
Compañía. El Jefe de a bordo se compromete a señalar todos los otros daños que haya sufrido su barco,
toda pérdida o robo de equipo y cualquier equipo dañado al regresar a la base. En todo caso, el Jefe de a
bordo es personalmente responsable de los accidentes o pérdidas cuyo origen sea una falta intencional
o inexcusable suya, un incumplimiento de las normas de seguridad, de prudencia y de navegación, y en
particular, conducir en estado de ebriedad o bajo la infl uencia de substancias que alteren la conciencia
o la capacidad. El jefe de bordo está informado que en caso de avería, debe tomar todas las medidas
necesarias para preservar lo mejor posible a la tripulacion, el barco y sus equipos y de informar la
compañía lo más rapido posible para pedir instrucciones.
17. Asistencia técnica
La Compañía se compromete a mantener un servicio de asistencia técnica durante las horas normales
de trabajo, los siete días de la semana, y de ocuparse rápidamente de los incidentes técnicos según
el personal y el material disponibles. De ocurrir una avería, el Arrendatario o el Jefe de a bordo deberá
contactar inmediatamente la base de salida para que se efectúen las reparaciones. No se podrá realizar
reclamación ni pedido de indemnización alguno a la Compañía a raíz de una encalladura,una avería o
un fallo del motor o de su equipo cuya causa sea una negligencia o una falta del Jefe de a bordo o de su
tripulación. En dicho caso, la Compañía se reserva también el derecho de reclamar al Jefe de a bordo o al
Arrendatario los gastos incurridos para rectifi car el incidente. En caso de que la encalladura, avería o fallo
del motor o del equipo no sea imputable al Jefe de a bordo, y si no se realiza la reparación en las cuatro
horas laborables siguientes a la información entregada por el arrendador (horas laborables: de las 8.30 a
las 12.30 y de las 14.00 a las 18.00, del 1/03/2010 al 15/11/2010). la Compañía estará obligada a indemnizar
al Arrendatario: le ofreceremos un descuento sobre la base de la tarifa diaria de alquiler para su próximo
crucero. No se podrá presentar reclamación alguna contra la Compañía por un incidente técnico, de no
haberlo señalado el Jefe de la base durante el crucero.
18. Fuerza mayor
Nuestros equipos se esforzarán por intervenir lo más rápidamente posible de ocurrir algún problema,
pero la Compañía no podrá ser considerada responsable y no efectuará reembolso alguno, si se ven
retardadas estas intervenciones o si son imposibles en caso de fuerza mayor. Esto incluye la destrucción
o los daños que sufra el barco por las siguientes razones: incendio, inundación, explosión, tormenta o
incidentes climáticos; daños accidentales o criminales ajenos a nuestra voluntad, lo que también incluye
las crecidas o falta de agua en las vías navegables, obstrucción o reparación de las vías navegables o de
las esclusas o cualquier otro equipo, así como la restricción o falta de gasóleo, motines, huelgas, acciones
industriales o desastre nuclear, incendio, intemperie, bloqueo de puertos, guerra o amenaza de guerra,
actos o amenazas terroristas, que no permitan a la Compañía poner el barco a disposición del Arrendatario
o cuya consecuencia sea una interrupción del crucero. Reclamaciones: si el Arrendador deseara efectuar
una reclamación durante el crucero, debe informar inmediatamente al Jefe de base sobre ello, a fi n de que
se tomen disposiciones rápidamente
19. Regreso del crucero
El barco debe ser devuelto a la Compañía al fi nal del crucero y liberado a la hora y en el lugar previstos.
La Compañía se reserva el derecho de hacerse reembolsar por el Jefe de a bordo o el Arrendador los
gastos que el regreso tardío pueda conllevar, así como los gastos de abandono por un importe de 500
e por cualquier barco no devuelto en el lugar de embarque previsto, salvo caso de fuerza mayor. El Jefe
de a bordo debe restituir el barco en el estado en el que se le confi ó, según el inventario de salida. Si se
devuelve el barco sucio, la Compañía se reserva el derecho de descontar gastos de limpieza, que pueden
ser entre 60 y 120€, según el tipo de barco. Si no desea limpiar el barco antes de partir puede contrar el
servicio de limpieza entre 60€ y 120€ según el modelo de barco.
20. Datos personales
En el marco de la suscripción al contrato de alquiler de barcos con las compañías de Le Boat, algunas
informaciones personales y bancarias serán pedidas al arrendatario. El arrendatario está informado que
las compañíias de Le boat aplican una politica estricta de seguridad de los datos personales (PCIS) en
lo que trata de el enregistramento y almacenamiento de datos confi denciales. De este modo el acceso a
todo documento papel o informatico con datos personales o bancarios está estrictamente controlado y
protegido. Estos datos comunicados por el arrendatario sobre los formularios y el contrato de alquiler son
exclusivamente destinados a la suscripción del presente contrato con nuestra compañía. El arrendatario
debe consentir igualmente que las informaciones personales no confi denciales talles que nombre,
dirrección…etc, podrán eventualmente ser comunicadas a terceros particularmente las sociedades
de Le Boat. En el momento de la reserva, usted accepta que sus datos personales sean comunicados
a las personas en cargo de la reserva podemos proporcionarle una copia de los datos que usted nos
ha comunicado sobre peticion. También podemos utilizar ( excepto indicacion contraria de su parte )
su dirección, número de telefono, número de mobil y direción e-mail a fi n de enviar nuestras ofertas
especiales via correo postal e-mail o telefono. El arrendatario está informado que dispone de un derecho
de acceso rectifi cación y de supresión sobre sus datos personales escribiendo a Le Boat - Crown Blue Line -
Connoisseur, Direction Marketing y comercial, Le grand Bassin, 11492 Castelnaudary Cedex, Francia.
21. Animales
Por un suplemento de 35€ por perro, con un máximo de 2 perros por barco puede llevar con usted su
animal de compañía a bordo de nuestros barcos. Debe traer una sesta adecuada los perros no están
admitidos en las banquetas ni en las camas. Si la base considera que una limpieza suplementaria es
necesaria , entonces un suplemento de limpiez le sera facturado.
22. Ley aplicable al contrato
La ley aplicable a este contrato es la ley francesa